Son
el servicio más parecido a una residencia en los que la persona
puede ir a pasar el día pero no quedarse a dormir.
Existen
centros de día en locales independientes y residencias que
también acogen a personas en régimen diurno. Conviene visitar
varios antes de tomar la decisión.
Acceda al BUSCADOR
DE SERVICIOS DE CENTRES DE DIA donde
encontrará una amplia oferta de empresas proveedoras
de estos servicios.
Qué
conviene saber:
El servicio de centro de día se puede combinar con el de atención
domiciaria y teleasistencia
para que la persona reciba un servicio completo.
Todos
los centros de día autorizados para funcionar disponen de
un número de Registro de la comunidad autónoma correspondiente.
Si el número de autorización no está
expuesto de forma visibla es recomendable llamar por teléfono
a la comunidad autónoma o al ayuntamiento en el que
esté el centro para preguntar si está autorizado.
Es muy
importante tener un contrato en el que aparezcan claramente
todos los extremos de la relación (horas de servicio, precio,
preaviso en caso de baja, servicios que se incluyen...).
Hay que
pedir a la empresa que garantice que la persona que enviarán
tiene conocimientos de cuidado de ancianos.
Dónde
consultar, dónde quejarme:
En su
Ayuntamiento o Comunidad Autónoma.
Ver
direcciones de Departamentos de Servicios Sociales