El ingreso en una residencia de personas mayores

Ingreso en una residencia de mayores 

Cuando llega ese momento en el que, después de haber comparado y mirado mucho, decidimos ingresar en una residencia para personas mayores (tanto si es para nosotros mismos o a un familiar), debemos pensar que que algunas decisiones que se toman al principio deben ser estudiadas con detenimiento a fin de evitar que, con posteriormente puedan surgir problemas. Aun a día de hoy hay muchas personas que piensan en las residencias geriátricas com asilos y consideran el ir a vivir a un geriátrico como algo negativo. Hay que intentar superar esas visiones anticuadas y centrarse en lo relevante: para un 5% de las personas mayores una buena residencia es una buena opción. La gran mayoría de residencias de ahora no tienen nada que ver con las de hace unas décadas.

 

Estos son aspectos relevantes en el momento del ingreso:

 

 

El contrato asistencial de la residencia

La ley fija la obligatoriedad de firmar un contrato de servicios cuando una persona entra a vivir en una residencia geriátrica, independientemente de si es pública o privada. Este contrato fija las obligaciones y derechos de ambas partes .

 

Debido a que el contrato suele ser un documento extenso y con mucha información, conviene que, antes del ingreso nos lo llevemos a casa y lo leamos con detenimiento. También es una buena idea que anotemos todas las dudas que nos vayan apareciendo en relación al contrato que debemos firmar  y las consultemos con el director de la residencia antes del ingreso. Si el contrato de ingreso en residencia geriátrica está bien redactado y todos lo entienden se ahorran muchas controversias futuras que suelen dar dolores de cabeza y de cartera.

 

 

El precio (¿cuánto cuesta vivir en una residencia, qué incluye?)

Uno de los aspectos que suscita más dudas y más interés en resolver es el relativo al precio de la residencia geriátrica.  De forma general el precio que se pagará puede ser una cantidad fija que será la misma durante todo el tiempo que la persona viva en el centro (aplicando únicamente la cláusula de actualización, IPC) o puede estar vinculado al grado de dependencia del residente.  En este caso, si con el tiempo aumenta la dependencia  del residente o si su salud se deteriora, también puede aumentar el precio a pagar debido al aumento de asistencia y soporte que precisa. Cuando esto sucede debemos asegurarnos de dos cosas:

 

 

- Cómo s determinará el grado de dependencia de la persona. ¿Con el documento oficial o criterios internos?
- Cuál es el precio máximo que podemos llegar a pagar en cualquier caso.

 

También es necesario preguntar qué servicios están incluidos y cuáles no. Es normal que la peluquería o la podología se paguen a parte, pero hay algunas residencias para mayores que tienen otros servicios que se consideran adicionales.

 

 

El Reglamento de Régimen Interior

A parte de leer bien el contrato asistencial de residencia, es necesario saber que existe otro documento importante llamado Reglamento de Régimen Interior del establecimiento residencial. En él aparecen por ejemplo los horarios de la residencia, las condiciones de admisión y bajas y las normas de convivencia, entre otras cosas.

 

Una vez firmado el contrato asistencial se considerara a nivel legal que estamos que damos nuestra conformidad con todo su contenido y también el de reglamento de régimen interior. Por este motivo, aunque sea algo pesado, es algo que vale la pena leer y preguntar. Casi diríamos que es algo imprescindible

 

¿Qué pasa si el mayor no puede decidir porque sufre demencia?

Cuando el ingreso en una residencia se trata de un ingreso de una persona que sufre demencia (puede ser Alzheimer) este requiere de un proceso especial ya que que considera que  la persona no puede decidir por sí misma.  En estos casos la Ley habla de internamientos y, en algunos supuestos hace que sea necesario contar con una autorización judicial para ingresar en la residencia de mayores, aunque es una minoría.

 

Una fantástica opción es consultar con el director de la residencia geriátrica o trabajador social qué procedimiento es el que se sigue en esa zona y dejarse asesorar. Aunque la Ley para ingresar es la misma en toda España, cada comunidad autónoma tiene su reglamentación. De este modo, el procedimiento puede resultar diferente e si se ingresa una persona en una residencia geriátrica de Madrid, Barcelona u otra ciudad.

 

 

Resolución de dudas

Insistimos en que no debemos tener miedo o vergüenza en preguntar todas las dudas que tengamos al director de la residencia geriátrica y, tampoco hay que tener miedo a tratar o poner encima de a mesa las discrepancias, aunque esto haga que al final escojamos otro centro. No olvidemos que cuando una persona ingresa, lo normal es que viva tres años o más, con lo que si hacemos un símil con nuestra antigua moneda, acabará pagando varios millones de las antiguas pesetas. Por eso, invertir algo de tiempo, e incluso asesorarse por parte de alguien de confianza, no estará nunca de más.

 

Como, cuando contratamos el servicio de una residencia para la tercera edad, una de las cosas más importante es la confianza, es interesante que hablemos un buen rato con aquella persona en la que la depositaremos: el director o directora.   Si creemos que no podemos tener confianza en el o ella, mejor buscar otra residencia. Si, en cambio creemos que sí, preguntémosle todas las dudas que tengamos.

 

Autor del texto:  Josep de Martí, Gerontólogo Social y Jurista