Es una póliza de seguro que nos permite recibir dinero o servicios en caso de que lleguemos a estar en situación de dependencia.
"La cobertura de la dependencia mediante un contrato de seguro obliga al asegurador, en caso de que se produzca la situación de dependencia, según lo dispuesto en la normativa que regula la promoción de la autonomía personal y la atención a las personas en situación de dependencia, y dentro de los términos establecidos por la Ley y el contrato, a cumplir con la prestación acordada. Esto tiene como objetivo cubrir, total o parcialmente, directa o indirectamente, las consecuencias adversas que la situación de dependencia pueda generar para el asegurado."
En resumen, es un seguro que garantiza el cuidado en caso de dependencia futura.
Estos seguros están regulados en la Ley 41/2007 de regulación del mercado hipotecario, donde se especifican las normativas aplicables a este tipo de productos.
La cobertura de la dependencia puede formalizarse a través de un contrato de seguro con entidades aseguradoras, incluidas las mutualidades de previsión social, o mediante un plan de pensiones.
Estos seguros se pueden contratar tanto de manera individual como colectiva. Es recomendable investigar, ya que es posible que un colegio profesional al que pertenezcamos, u otra agrupación, tenga un seguro colectivo al cual podríamos sumarnos.
Es fundamental revisar detalladamente la póliza para determinar si, en caso de entrar en situación de dependencia, se recibirá una cantidad de dinero o servicios específicos. Para personas jóvenes, suele ser más beneficioso optar por servicios en lugar de dinero, ya que los costos de atención a la dependencia tienden a aumentar más rápidamente que otros precios.
No es una pregunta fácil de responder. Aún son pocas las aseguradoras que ofrecen este producto. El mejor consejo es consultar con un corredor de seguros de confianza para evaluar si es conveniente contratar este seguro como un complemento al plan de pensiones o mediante una forma de seguro colectivo.