APROBADA EN ANDALUCÍA UNA NORMA DE PROTECCIÓN DE LOS MAYORES

04/02/2004

ANDALUCÍA APRUEBA UN DECRETO DE PROTECCIÓN DE DERECHOS DE LAS PERSONAS MAYORES

 

El Consejo de Gobierno de Andalucía ha aprobado el decreto que regula la protección jurídica de las personas mayores de 65 años en Andalucía, norma pionera en España que compromete a la Administración autonómica a garantizar los derechos de este colectivo en casos de maltrato, desasistencia y expoliación patrimonial, entre otros.

El decreto, que desarrolla la Ley de Atención y Protección de las Personas Mayores en Andalucía, supone elevar al rango de derechos numerosas iniciativas que la Junta viene desarrollando en ámbitos como la teleasistencia, la ayuda a domicilio o la asistencia jurídica gratuita. Su aplicación beneficiará a todas las personas mayores residentes en la comunidad autónoma, con independencia del lugar de origen.

El consejero de Asuntos Sociales, Isaías Pérez Saldaña, ha destacado que el objetivo es "sensibilizar a la sociedad de que el envejecimiento activo es el nuevo reto del futuro", y ha alertado sobre la "revolución demográfica" que se avecina para los próximos años.

Además de establecer las medidas de protección jurídica relacionadas con la actual oferta asistencial, la norma introduce destacadas novedades en temas como el maltrato, la expoliación patrimonial o las condiciones de ingreso en centros residenciales. En este último punto se determina que ninguna persona mayor podrá ser internada en un centro residencial en contra de su voluntad.

En caso de maltrato o desasistencia, las delegaciones provinciales de Asuntos Sociales y las entidades locales estarán obligadas a investigar las circunstancias que motivan esta situación y a determinar, previo consentimiento de los interesados, las prestaciones y servicios comunitarios o especializados que deben asignar al afectado, dando prioridad a las fórmulas de teleasistencia, ayuda a domicilio y asistencia domiciliaria especializada. De acuerdo con el decreto, la concesión de estos servicios se realizará en un plazo máximo de 10 días y sólo cuando no sea posible la permanencia en el hogar se propondrá el ingreso en un centro residencial.

Respecto a los episodios de expoliación patrimonial de personas mayores por parte de sus familiares o terceros, el decreto obliga a una atención preferente de estos casos por parte de un abogado, en un plazo máximo de siete días y a través del servicio de orientación jurídica gratuita implantado por la Junta. Este servicio también se pone a disposición de las personas mayores para todas aquellas acciones judiciales que impliquen la defensa de sus derechos.

En esta misma línea, la Administración acordará con los colegios notariales de Andalucía medidas para utilizar un lenguaje comprensible en la atención a los mayores, especialmente cuando se trate de consultas relativas a pérdida de la propiedad, establecimiento de cargas o atribución a terceros de facultades de disposición de bienes.

Además, con independencia del examen de las instalaciones de los centros residenciales, la inspección de los servicios sociales desarrollará una intervención directa con las personas mayores sin la presencia de familiares ni responsables de estos centros, para comprobar el trato dispensado por los trabajadores, así como el grado de satisfacción con los servicios recibidos.

En materia de consumo, la Consejería de Asuntos Sociales firmará convenios con las organizaciones empresariales para que la oferta de bienes y servicios específicamente dirigidos a este colectivo exprese con claridad el contenido de la misma.

Bonificación del costo de los servicios

Pérez Saldaña ha anunciado además la progresiva bonificación del costo de los servicios geriátricos y ha señalado que el servicio de teleasistencia será gratuito pra las personas mayores de 80 años. Asimismo, el consejero ha señalado la relevancia para el empleo que tiene la atención a los mayores, y ha puesto el ejemplo de que cada tres plazas de asistencia geriátrica generan dos empleos directos, normalmente entre los segmentos de mujeres y jóvenes.

Actualmente viven en Andalucía 1,05 millones de personas mayores de 65 años. De ellas, alrededor de 600.000 se benefician de oferta asistencial y las bonificaciones de la tarjeta Andalucía Junta Sesentaycinco, 21.000 reciben teleasistencia por parte de la Junta y 17.000 tienen acceso al mismo servicio a través de los ayuntamientos.

El número de centros residenciales en la comunidad autónoma alcanza hoy la cifra de 900 (con un incremento del 56,17% respecto a las que funcionaban en el año 2000), mientras que las unidades de estancia diurna suman 1.013. En cuanto a la capacidad asistencial de ambos tipos de centros, se ha pasado de 25.422 plazas en 2000 a 36.672 en la actualidad, lo que significa un aumento del 46.67%. Con estos datos, la ratio en la comunidad andaluza es de 3,4 plazas por cada 100 personas mayores de 65 años, frente a las 2,9 de España.
Pensiones míninas de viudedad

Por otra parte, Pérez Saldaña ha informado de que el Gobierno central se ha negado a facilitar al Ejecutivo andaluz la lista de personas que perciben pensiones mínimas de viudedad en la comunidad autónoma, a las que la Junta ha concedido una ayuda propia. La carta del consejero de 1 de diciembre al ministro de Trabajo y Asuntos Sociales ha obtenido respuesta dos meses después, y en ella se afirma que la pertición del Gobierno andaluz contraviene la legislación sobre protección de datos y la desestima. Pérez Saldaña ha insistido en que las personas afectadas recibirán la ayuda que la Junta ha comprometido.

Fuente Web de la Junta de Andalucía

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