Según informa Diario Médico, una residencia de Cáceres ha sido condenada a indemnizar con 40.000 Euros al cónyuge de una residente que murió, según la sentencia por la falta de vigilancia por parte del personal de la residencia.
Sorprende de la noticia que mencione que "el médico del centro, a la vista de su historial clínico, indicó que la paciente debía estar sedada, a lo que su familia accedió, prescribiendo además, que necesitaba una supervisión más específica en el sentido de que no se le perdiese de vista". Posteriormente la residente accedió a una terraza y cayó. Según la sentencia "la fácil apertura de la puerta de acceso al corredor de la terraza y la insuficiente altura de la barandilla del quitamiedos, pues prueba de ello es que luego se ha elevado hasta el techo".
Vale la pena leer detalladamente la noticia publicada en Diario Médico, no tanto por el hecho en sí sino porque supone algo que resulta novedoso: la interposición de una demanda civil por la muerte de un residente dentro de una residencia.
Para que una residencia pueda ser condenada a pagar una indemnización debe darse un daño y la concurrencia de intención o negligencia. En este caso la sentencia concluye que el personal era insuficiente y que la dirección de la residencia "conocía la situación de salud de la paciente y las indicaciones del médico en relación con ella, es decir, que padecía una demencia senil, obsesiones y que tenía una deambulación errática" "la entidad no advirtió de ello a las auxiliares que iban a estar en contacto directo y diario con ella".
Parece que, si la reclamación de indemnizaciones cuando se produzca la muerte de personas en residencias se generaliza la mejor forma de defenderse será construir una verdadera "armadura de papel" formada por protolocos, registros y programas que permitan demostrar que no hay negligencia.