Confusión en la recta final del plazo para comunicar personal sanitario al REPS

21/09/2018

Tras la información difundida por Dependencia.info (recomendamos mucho la lectura antes de seguir leyendo esta información) en relación a la posible obligación de comunicar todo el personal sanitario de todas las residencias de España al Registre de Personal Sanitario del Ministerio de Sanidad antes del domingo 23 se multiplican las llamadas a patronales, asesorías y administraciones.

Registro REPSEn principio la obligación tiene carácter nacional por lo que afectaría por igual a todas las residencias de España.  En la práctica afecta sólo a los servicios sanitarios inscritos en el Registro General de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios (REGCESS).  Como en la mayoría de España las residencias no se han inscrito en ese Registro, para saber si están obligadas a comunicar la relación de profesionales primero se debería saber si están obligadas a inscribirse previamente en ese Registro.  Un verdadero galimatías que desde la administración nadie había informado a las residencias de esa obligación y no ha sido hasta que la patronal ACRA ha difundido un informe jurídico hace pocos días que la cuestión se ha puesto de manifiesto.

Las patronales están informando de forma constante a sus asociados, y en algunos casos de forma generosa a la comunidad de residencias en general a todo el sector.

Desde Lares están informando de  lo siguiente:

"A la vista de las muchas consultas que estoy recibiendo y de vuestro grado de preocupación, además de volver a tranquilizaros sobre la, en la práctica, total ausencia de riesgo de que os sancionen por incumplir el plazo del 24 de septiembre, quisiera resaltar o añadir algunos puntos de interés general. Previamente, os informo que la dirección de correo electrónico para comunicaros con los funcionarios del REPS,  es reps@mscbs.es , a la que nos invitan a remitirles cualquier consulta. Pero os recuerdo que, debido a las muchas consultas que están recibiendo, pueden tardar en contestar".  El comunicado sigue con un recordatorio del proceso a seguir.

 

ACRA, la patronal catalana que ha sido la más activa en el envío de instrucciones a sus asociados, entre las últimas han recomendado nviar un correo electrónico a la dirección reps@mscbs.es en el que se incorpore el texto siguiente:

"El motivo del presente es obtener el formulario de inscripción para la correspondiente autorización al envío de datos sobre los profesionales sanitarios de Nuestro centro. De Conformidad con la actividad que prestamos, siendo una residencia de la tercera edad, no disponemos de código autonómico de autorizacion de centros sanitario, motivo por el que solicitamos Igualmente nos envían el formulario correspondiente. "

Y de forma paralela iniciar los trámites para obtener el código autonómico en una web de la Generalitat, que tendrá su equivalente en cada comunidad autónoma.  En la práctica supone que las residencias obtengan autorización como"Servicios sanitarios integrados en una organización no sanitaria: servicios que realizan actividades sanitarias pero que están integrados en organizaciones la principal actividad de las que no es sanitaria (prisión, centro productivo, balneario, residencia de tercera edad, centros educativos ...) ". ACRA recomienda guardar copia de todo lo que se envíe.
 
AESTE también ha seguido informando a sus asociados en términos similares.
 
LO MÁS DESTACABLE A DÍA DE HOY ES QUE DESDE EL MINISTERIO HAN ASEGURADO REITERADAMENTE, ASÍ LO HA TRANSMITIDO LARES QUE NO TIENEN INTENCIÓN DE ABRIR EXPEDIENTES NI SANCIONAR A LAS RESIDENCIAS QUE INCUMPLAN EL PLAZO POR LO QUE LO QUE SE HAYA QUE HACER SE PUEDE HACER CON TRANQUILIDAD.


 

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