Todo esto, la
falta de enfermeras, sus guardias u horarios excesivos, mayor número de
pacientes asignados del que se puede asumir con garantías, etc. repercute en la
seguridad de las personas atendidas y afecta de manera directa a la calidad de
la atención que se les presta.
Otro tema que se denuncia es que, a pesar que que existen enfermeras especializadas en geriatría, no es obligatoria tener esta especialidad para trabajar en una residencia para mayores. De esta manera, las personas mayores no se benefician de los mayores conocimientos de los profesionales ni tampoco para ellos resulta atractivo especializarse si no van a tener ninguna preferencia en selección de personal o un incentivo económico.
El Consejo General de Enfermería señala que para garantizar una atención adecuada y de calidad y unas condiciones laborales dignas de los profesionales, debe garantizarse por ley que las residencias para mayores contraten enfermeras o enfermeros especializadas en geriatría, que sus salarios se ajusten a los de un especialista, que se cumplan ratios de atención que permitan una asistencia personalizada de calidad y que se regulen los horarios.
La Organización Colegial de Enfermería está integrada básicamente por el Consejo General de Enfermería, 17 Consejos Autonómicos y 52 Colegios Provinciales, que se articulan como Corporaciones de Derecho Público amparadas por la Ley y reconocidas por el Estado y la Constitución.
El Consejo General agrupa, coordina y representa con carácter exclusivo a la profesión de enfermería y a todos los Colegios Oficiales de Enfermería de España en los ámbitos nacional e internacional; ordena, en el ámbito de su competencia y de acuerdo con lo establecido en la Constitución y en las leyes, el ejercicio profesional, y defiende y protege los intereses de los pacientes y de los profesionales ejerciendo la facultad disciplinaria y resolviendo los recursos que se interpongan, en los términos regulados en sus Estatutos.