YA SE PUEDEN DAR DE ALTA EN LA SEGURIDAD SOCIAL LOS CUIDADORES

05/06/2007

Los cuidadores familiares de personas dependientes tienen ya a su disposición el formulario para suscribir el Convenio Especial con la Seguridad Social

 

Su suscripción se puede solicitar en las oficinas de la Tesorería General de la Seguridad Social y el formulario está disponible en la web www.seg-social.es

La resolución de la concesión de la prestación económica a la persona asistida, facilitada por cada Comunidad Autónoma, debe dejar claro quién es la persona dependiente, quién el familiar que le atiende y cuántas horas dedica a este cuidado

24 mayo 2007.- Los cuidadores no profesionales, familiares o personas del entorno de las personas dependientes, ya pueden solicitar la suscripción del Convenio Especial con la Seguridad Social para su inclusión en el Régimen General. Los formularios podrán formalizarse por los ciudadanos en las oficinas de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), pudiendo también consultarse en la página web de la Seguridad Social: www.seg-social.es

Con la integración de los cuidadores no profesionales, del entorno familiar de personas dependientes, en el Sistema de la Seguridad Social como cotizantes del Régimen General, este colectivo podrá acceder a prestaciones de que disfrutan los trabajadores (jubilación, incapacidad permanente y muerte y supervivencia), y a programas de formación.

La cotización de los cuidadores familiares que suscriban el Convenio Especial correrá a cargo exclusivo del Estado, salvo en los casos en que los cuidadores opten por mantener bases previas de cotización, en que la diferencia con la cotización del Estado correrá a su cargo

Quién es la persona dependiente, quién le cuida y cuántas horas

Las Consejerías de Servicios Sociales de las administraciones autonómicas son las competentes para la gestión del procedimiento de concesión de las prestaciones económicas. Una vez concedida la prestación por parte de la Comunidad Autónoma correspondiente, los cuidadores familiares o personas del entorno de personas dependientes, deben dirigirse a las oficinas de la TGSS para suscribir el Convenio Especial de cuidadores no profesionales de personas dependientes y ser dados de alta en el Régimen General.

El director general de la Tesorería General de la Seguridad Social ha solicitado por carta a los consejeros de Asuntos Sociales de las comunidades autónomas, que en la resolución de la concesión de la prestación a personas dependientes figure: quién es el cuidador en el entorno de la persona dependiente, la identidad de ambos y el número de horas semanales que el cuidador dedica a su asistencia.

El objetivo de esta petición a las comunidades autónomas es reducir al máximo los trámites para los ciudadanos, pues la copia de una resolución que contenga estos datos será suficiente para que estos cuidadores no profesionales en el entorno familiar suscriban el convenio con la Seguridad Social.

La Tesorería General de la Seguridad Social requerirá de los servicios autonómicos la comunicación de cualquier variación que pudiera incidir en dicho convenio.

La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia, establece un Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en el que participan y colaboran todas las Administraciones Públicas, correspondiendo a las Comunidades Autónomas, en concreto, la gestión en su correspondiente ámbito territorial de los servicios y recursos necesarios para la valoración y atención de la dependencia.



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