Planificación legal en personas mayores

El paso de los años es inevitable pero podemos estar preparados para lo que pase en el futuro, durante nuestra vida e incluso después, con una buena planificación legal.

Un consejo previo es recibir el asesoramiento de un abogado de nuestra confianza. Por ello las siguientes líneas deben ser vistas como una orientaciones:

Prever la futura demencia

Aunque es posible que llegue a curarse en el futuro, hoy en día la demencia senil, entre la que se encuentra la enfermedad de Alzheimer, afecta a muchas personas mayores impidiéndoles, cuando avanza esta enfermedad, tomar decisiones.

Si una persona sufre demencia y no puede administrarse, mediante el proceso de incapacitación, un juez procederá a la declaración de incapacidad y al nombramiento de un tutor.

Si la persona, cuando mantenía la capacidad, ha sido previsora puede haber hecho tres gestiones previas:

1. Autotutela

Consiste en que la persona acuda a un notario y le comunique quién quiere que sea su tutor o quién no quiere que lo sea, si algún día se convierte en incapaz. También pueden darse instrucciones.

2. Voluntades anticipadas sobre tratamientos

También denominado mandato de asistencia sanitaria. Consiste en que la persona nombra a alguien para que tome en su nombre decisiones sobre la salud en caso de que esa persona sea incapaz de tomar decisiones. En este caso conviene ponerse en contacto con las autoridades sanitarias de la comunidad autónoma para conocer dónde se tiene que hacer la declaración (Teléfono: 012) 

3. Apoderamiento general para el caso de incapacidad

Desde que en 2003 se modificó el artículo 1732 del Código Civil español. Se permite otorgar poderes que subsistan pese a la incapacidad del mandante. Es muy interesante otorgar poderes previendo esa situación

Ante la muerte de un familiar

Hay algunos trámites que hay que hacer y pensar con antelación y después del deceso. (Más)