CONDENADA LA ADMINISTRADORA DE UNA RESIDENCIA EN SEVILLA

30/01/2004

CONDENADA LA ADMINISTRADORA DE UNA RESIDENCIA

 

Son noticas como la que reflejamos a continuación, aparecida en el Diario Digital de Sevilla de 20 de Enero de 2004 las que generan, a menudo, rechazo en la sociedad hacia los gestores de residencias. Por suerte se trata de casos aislados aunque vale la pena reflexionar un poco:

La Sección Séptima de la Audiencia Provincial ha condenado a año y medio de cárcel a la administradora de una residencia de ancianos del poblado Sacramento de Las Cabezas de San Juan, por un delito continuado de estafa, al haberse quedado 3.600 euros de las pensiones de tres ancianos alojados en el asilo y que habían fallecido. En el juicio, la Fiscalía de Sevilla, que inicialmente pedía tres años de cárcel para la acusada, M. L. M. O., modificó sus conclusiones provisionales y rebajó la pena, lo que posibilitó una sentencia de conformidad. Los hechos tuvieron lugar entre finales de 1996 y agosto de 1997.

Sin que haga disminuir el reproche hacia la condenada debería tenerse en cuenta que, aunque se ha producido una estafa, de ninguna manera ésta ha perjudicado a los residentes ya que se produce una vez muertos éstos. De esta forma, si alguien ha sido perjudicado ha sido los herederos o la Seguridad Social.

En segundo lugar, de nada de lo leído se desprende que los servicios que presta la residencia sean deficientes o que los residentes recibiesen malos tratos o abusos económicos.

O sea, que lo que hizo la condenada nada tenía que ver con su condición de directora. La pregunta es Si el propietario de un gimnasio siguiese pasando los recibos mensuales de una persona que sabe que está muerta, o en una tintorería se quedasen con unas alfombras de un cliente muerto sabiéndolo claramente y sin decir nada ¿sería suficientemente "noticioso" como para salir en los medios?. Lo más seguro es que no.

Ni la cuantía del botín (unas 600.000 pesetas de antes), ni la naturaleza de los perjudicados (no los mayores, sino sus herederos), ni la sanción impuesta (un año y medio de cárcel, lo que supone que lo más seguro, la persona no ingresará en prisión), tienen demasiada relevancia. En este caso, lo "noticioso" es que los hechos se produzcan en una residencia.

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