Se trata de la Ley 5/2003, publicada el 8 de abril. Esta ley sigue la línea marcada por otras comunidades autónomas que han decidido regular de forma diferenciada los servicios, prestaciones y derechos de las personas mayores, en vez de incorporarlos indistintamente en una Ley de Servicios Sociales.
En lo que corresponde a los derechos, la Ley otorga una especial responsabilidad a las administraciones públicas no sólo en la garantía sino además en la promoción. Se crea un observatorio regional específico en la materia.
La Ley introduce el concepto de dependencia como merma o pérdida de autonomía física, psíquica o sensorial, que determina la necesaria ayuda no sólo para la realización de las actividades de la vida diaria, sino también, para la protección o supervisión de sus derechos.
La Ley también se refiere a la supervisión, control e inspección que debe ejercer la Administración sobre los servicios dirigidos a personas mayores (como las residencias geriátricas) así como el régimen sancionador (la sanción máxima por infracción muy grave se situa en los 300.000 Euros).