La Junta de Extremadura indica que el bingo es en los centros de mayores un
pasatiempo y no una actividad lucrativa. En el caso de que no sea así, se
pueden aplicar sanciones. De hecho, en los últimos meses, la Junta ha abierto
dos actas de infracción por salas no autorizadas en Plasencia.
La Asociación de Empresarios de Bingos de Extremadura (Aebex) es la que ha demandado la intervención de la Administración regional por la existencia de bingos irregulares, sobre todo en la provincia de Cáceres. Que quien organice sea una entidad sin ánimo de lucro, no exime de cumplir la normativa cuando hay apuestas de dinero.
Aebex señala que el juego es un sector muy controlado tanto por su fiscalidad como por la lucha contra la ludopatía y que los bingos ilegales hacen competencia desleal a los legales.
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Sí se permite cuando el bingo se considera un mero pasatiempo o recreo y su práctica se haga de manera tradicional, familiar o amistosa y no persiga ánimo de lucro por parte de los jugadores u otras personas o entidades.
El decreto considera de carácter tradicional o amistoso el juego del bingo practicado en hogares y residencias de mayores. En estos casos, la apuesta máxima por cada persona participante y en cada partida no puede pasar de diez céntimos de euro y el importe total jugado en cada sesión ha de tener un valor inferior al doble del salario mínimo interprofesional diario. Actualmente está fijado en 24,53 euros, por lo que el tope por sesión es de 49 euros. Además, se fija que el total de las cantidades jugadas debe destinarse íntegramente a premios.
En resumen, desde el año 2014 el bingo con dinero solo puede celebrarse en salas autorizadas, con la excepción de los centros de mayores, pero siempre que cumplan con las apuestas mínimas, que no superen el tope de dinero jugado por sesión y que repartan en premios todo lo que se recaude.