CATALUÑA: EL COLEGIO DE ABOGADOS DE BARCELONA DENUNCIA SUSPENSION DE PEVS

09/04/2014

La Comisión de Derechos de la Gente Mayor del Colegio de Abogados de Barcelona denuncia la suspensión sine die que el Departamento de Bienestar Social y Familia de la Generalitat de Catalunya ha hecho en relación a la tramitación del Programa Individual de Atención (PIA) sin ningún amparo legal en la normativa estatal y/ o autonómica. Este programa (PIA), que realizan los servicios sociales públicos, determina las modalidades de intervención más adecuadas a las necesidades de las personas en situación de dependencia con respecto a los servicios y prestaciones económicas previstas en la resolución por su grado y nivel. Por eso la Comisión de Derechos de la Gente Mayor del ICAB también reclama que se vuelva a emprender la concesión del programa, ya que eliminarlo vulnera la ley de Dependencia.

 

Esta suspensión está provocando un gran perjuicio al sector de las residencias para mayores de Cataluña, muchas de las cuales afrontaron inversiones importantes para poder ingresar a usuarios beneficiarios de Prestaciones Económicas Vinculadas de la Ley de Dependencia, para ver cómo la suspensión les ha dejado con la inversión realizada y sin usuarios para poder recuperarla.

 

Jordi Muñoz en una entrevista al Periódico de Catalunya en 2010"El derecho a esta prestación es un derecho subjetivo y garantizado en la propia ley de Dependencia y, por tanto, el ciudadano tiene derecho a recibir una prestación", afirma el abogado y presidente de la Comisión de Derechos de la Gente Mayor del ICAB, Jordi Muñoz. Y añade: "la Ley de la Dependencia, en su artículo 7, apartado 1, garantiza el nivel mínimo de protección, por eso a pesar de que el Gobierno Central no aporte los fondos económicos suficientes, este hecho no avala la suspensión de la tramitación de los PIA ". (En la fotografía, Jordi Muñoz en una entrevista que le realizó El Periódico de Catalunya en 2010 tratando sobre abuso económico de personas mayores).

 

El proceso de determinación del servicio se inicia cuando la Administración autonómica ha emitido la resolución de la solicitud de reconocimiento de la situación y grado de dependencia. El PIA se realizará en colaboración del usuario y/o de un familiar suyo o representante legal y la persona solicitante debe recibir la llamada de los servicios sociales de su ayuntamiento o el aviso del centro (en el caso de que esté ingresada) para concertar una entrevista (en el centro de los servicios sociales, en el domicilio, o en el centro residencial), situación que la Comisión ha detectado que no en todos los casos se sigue.

 

La denuncia del Colegio de Abogados se suma a la que recientemente ha realizado la patronal ACRA, que fundamentó en un informe jurídico que situaba la suspensión de las PEVS fuera del marco jurídico.

 

¿Qué hace la Comisión de Derechos de la Gente Mayor?

 

La Comisión de Derechos de la Gente Mayor se constituyó en el Colegio de Abogados de Barcelona con el objetivo de que los letrados que forman parte estudien la normativa que afecta a las personas mayores y velen por el cumplimiento efectivo de sus  derechos.

 

La Comisión también recopila datos técnicos, sociales y económicos para determinar cuáles son las carencias o vacíos legales del conjunto de derechos que afectan a las personas mayores. Con esta información elabora propuestas y sugerencias que mejoren los derechos de este colectivo. Además, también promueve las relaciones intergeneracionales, para hacer tomar conciencia a la sociedad y a los abogados, que los conflictos familiares no se limitan a la pareja y los hijos, sino que hay otros miembros -los abuelos- a quien también puede afectar esta situación ya que también se les debe tener en cuenta en el ámbito judicial, o bien de la mediación.

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