Se publicaron en el DOGC de 23 de junio y, en lo que respecta a la actividad de Larga Estancia son las siguientes:
1. Tarifas del módulo de apoyo sanitario
Nivel A | 27,30 €/día |
Nivel B | 40,82 €/día |
Nivel C |
49,47 €/día |
2.- Tarifa de módulo social
Tarífa única para los tres módulos 15,32 €/día
El Texto íntegro de la Orden puede encontrarse en la página web del DOGC
DEPARTAMENTO DE SANIDAD Y SEGURIDAD SOCIAL
ORDEN SSS/274/2003, de 17 de junio, por la que se fijan para el año 2003 los valores de las unidades de pago para la contraprestación de los servicios realizados por los centros sociosanitarios en el marco del programa Vida als Anys. (Pág. 12724)
ORDEN
SSS/274/2003, de 17 de junio, por la que se fijan para el año 2003 los valores de las unidades de pago para la contraprestación de los servicios realizados por los centros sociosanitarios en el marco del programa Vida als Anys.
El artículo 9.2 del Decreto 215/1990, de 30 de julio, de promoción y financiación de la atención sociosanitaria (DOGC núm. 1348, de 28.9.1990) establece que los valores de las unidades básicas de pago para la contraprestación de los servicios realizados por los centros sociosanitarios se determinarán anualmente y se publicarán, mediante una orden, a propuesta de los órganos competentes de los departamentos de Sanidad y Seguridad Social y de Bienestar Social.
A estos efectos, el Consejo de Dirección del Servicio Catalán de la Salud, en virtud de las funciones que le atribuye el artículo 14.1.k) de la Ley 15/1990, de 9 de julio, de ordenación sanitaria de Cataluña, ha propuesto al Departamento de Sanidad y Seguridad Social la aprobación de las tarifas de las unidades de pago correspondientes a los servicios realizados por los centros sociosanitarios en el marco del programa Vida als Anys, para el año 2003.
Dado lo que disponen el Decreto 215/1990, de 30 de julio, de promoción y financiación de la atención sociosanitaria; la Orden de 15 de mayo de 1991, por la que se determinan las actividades de asistencia sociosanitaria que pueden concertarse con las entidades titulares de centros, servicios y establecimientos sociosanitarios (DOGC núm. 1452, de 7.6.1991), y el Decreto 163/2002, de 11 de junio, por el que se regula la actividad de evaluación integral ambulatoria en geriatría, cuidados paliativos y trastornos cognitivos que puede contratar el Servicio Catalán de la Salud (DOGC núm. 3660, de 19.6.2002);
De acuerdo con lo que prevé el artículo 62.3 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña;
A propuesta de las personas titulares de los departamentos de Sanidad y Seguridad Social y de Bienestar Social,
Ordeno:
Artículo único
Se fijan para el año 2003 los valores de las unidades de pago para la contraprestación de los servicios realizados por los centros sociosanitarios en el marco del programa Vida als Anys, en la forma y la cuantía que se detallan en el anexo de esta Orden.
Disposiciones finales
.1 Los valores de las unidades de pago especificadas en el anexo de esta Orden son de aplicación desde el 1 de enero de 2003.
.2 Esta Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOGC.
Barcelona, 17 de junio de 2003
Artur Mas i Gavarró
Primer consejero
Anexo
.1 Valores de las unidades básicas de pago para la contraprestación de los servicios realizados por los centros sociosanitarios en el marco del programa Vida als Anys.
1.1 Actividad de larga estancia
1.1.1 Tarifas para el módulo de soporte sanitario:
Tarifa nivel A: 27,30 euros/estancia.
Tarifa nivel B: 40,82 euros/estancia.
Tarifa nivel C: 49,47 euros/estancia.
1.1.2 Módulo de soporte social:
Tarifa única para los niveles A, B y C: 15,32 euros/estancia.
1.1.3 Las tarifas para el módulo de soporte sanitario serán aplicables en función del grado de dependencia y complejidad terapéutica de los usuarios de cada centro y/o grupos específicos de usuarios, de acuerdo con los parámetros que establece el programa Vida als Anys, de atención sociosanitaria a ancianos con larga enfermedad.
1.2 Actividad de media estancia
1.2.1 Convalecencia:
Las tarifas por la actividad de convalecencia serán aplicadas en función de la complejidad terapéutica de las personas usuarias de cada centro, de acuerdo con los parámetros que establezca el programa Vida als Anys.
Tarifa que incluye los módulos de apoyo sanitario y de apoyo social:
Tarifa de complejidad baja: 69,86 euros/estancia.
Tarifa de complejidad media: 70,65 euros/estancia.
Tarifa de complejidad alta: 72,25 euros/estancia.
1.2.2 Cuidados paliativos:
Las tarifas por la actividad de cuidados paliativos serán aplicadas en función de la complejidad terapéutica de las personas usuarias de cada centro, de acuerdo con los parámetros que establezca el programa Vida als Anys.
Tarifa que incluye los módulos de apoyo sanitario y de apoyo social:
Tarifa de complejidad baja: 69,86 euros/estancia.
Tarifa de complejidad media: 70,65 euros/estancia.
Tarifa de complejidad alta: 72,25 euros/estancia.
1.2.3 Polivalente:
Las tarifas por la actividad polivalente serán aplicadas en función de la complejidad terapéutica de las personas usuarias de cada centro, de acuerdo con los parámetros que establezca el programa Vida als Anys.
Tarifa que incluye los módulos de apoyo sanitario y de apoyo social:
Tarifa de