¿PUEDE COBRARSE LA VALORACIÓN DE LA DEPEDENCIA?

17/01/2012

El esfuerzo por reducir el déficit reduciendo gastos y aumentando ingresos lleva un tiempo afectando a la Ley de Dependencia.  Desde el anterior gobierno que quitó la retroactividad, hasta que el nuevo, que ha establecido una moratoria para la dependencia moderada, se ha pasado la idea de que en esto de la Dependencia hay "tela que cortar".

Leemos en El País de 17 de Enero que en Castilla La Mancha piensan establecer copago en los centros de día las estancias nocturnas y la ayuda a domicilio, algo que hasta ahora era por completo gratuito para los dependientes.  Esto que se presenta como novedad, realmente no es tal ya que son servicios que están sometidos a copago en muchas otras comunidades y, más bien deja en evidencia a quienes desde la entrada en vigor de la Ley dejaron sin someter a copago unos servicios, lastrando la viabilidad del sistema.  Por supuesto, parte de la culpa es del gobierno del Estado que debería haber establecido los criterios comunes de copago de una forma clara que hubiese traído como consecuencia la existencia de un "copago homogéneo".  La realidad es que, al igual que ha pasado con la acreditación y la calidad, las normas comunes son tan insuficientes y técnicamente malas, que no han conseguido en absoluto sus objetivos.

Lo que sí resulta más novedoso es cobrar una tasa por la valoración.  Según dice El País, es algo que ya se hace en Murcia y que ahora plantea Castilla la Mancha.  ¿Es una media positiva o negativa?  Lo cierto es que, desde la perspectiva legal, cobrar una tasa por una actuación administrativa que beneficia concretamente a su destinatario no es objetable.  Lo que sucede es que, si es buena idea, debiera ser común a toda España y si no lo es no debiera aplicarse en ninguna Comunidad ya que afecta al contenido esencial del derecho.

Es de prever que pronto veamos una modificación de la Ley de Dependencia.  A ver qué incorpora.

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