1A REUNIÓN DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL IV CONVENIO

09/11/2006

CONCLUSIONES DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL IV CONVENIO MARCO ESTATAL 6 DE NOVIEMBRE DE 2006

El pasado 6 de noviembre se reunieron en Madrid las partes negociadoras del IV convenio marco (que se aplica a las residencias geriátricas) y resolvieron algunas dudas que se habían planteado.

Hemos hecho un resumen del acta aunque recomendamos que, si se quiere hacer algún uso de las mismas se tome el texto original

HORAS DE COMIDA

- La hora de la comida no se estima como tiempo efectivo de trabajo.

VACACIONES

- Todas las cuestiones referentes a las vacaciones se rigen por los mismos
criterios del anterior convenio.
- Para poder dividir vacaciones en dos periodos de 15 días primero se debe
intentar llegar a un acuerdo entre la empresa y el trabajador, en caso de
que no haya acuerdo será la empresa quien las establezca unilateralmente.
- El plus de Nocturnidad se mantiene durante las vacaciones.

COMPUTO DE HORAS

- El cómputo de las 1792 horas se hará trimestralmente, es decir 488,7
horas.
- Las horas extras tendrán carácter excepcional y motivado.

PLUS DE FINES DE SEMANA Y FESTIVOS

- Los 7€ de los fines de semana y festivos se aplicarán a todos los
profesionales independientemente de las horas trabajadas y del tipo de
contrato. En cualquier caso, respecto a su idoneidad se deja para discutir
en la próxima acta.
- La bonificación de los 7€ va acompañada de un día de descanso
compensatorio.
- La retribución de los 7€ en el caso de que NO se establezca libranza
compensatoria se procederá al abono como horas extraordinarias, siempre que
se supere la jornada máxima establecida.
- Este plus de los 7€ se aplica con carácter retroactivo desde el 01 de
Junio del 2006.

PLUS DE DISPONIBILIDAD

- El plus de disponibilidad se ofrece simplemente por estar disponible. Es
una opción voluntaria. Deberá aparecer en el cuadrante de trabajo. Podrá ser
en un día de libranza o en día de trabajo en un turno diferente. Máximo de
horas de disponibilidad un 25% de la Jornada laboral
- El número de horas de disponibilidad no cuentan como extraordinarias, tan
sólo las que han sido requeridas para realizar el servicio.
- La retribución del plus de disponibilidad es de 20€ por cada día de
disponibilidad.

TURNO DE NOCHE

- Para trabajadores del turno de noche se considera Domingo o Festivo la
jornada que se ha iniciado durante el Domingo o el Festivo.
- Desde el inicio del turno de noche del 24 de Diciembre y del 31 de
Diciembre hasta la finalización del turno de tarde del 25 de Diciembre y del
1 de Enero serán considerados festivos especiales.


DESCANSO SEMANAL Y FESTIVOS

- No está regulado el descanso en festivos en este convenio, pero sí debe
entenderse que de cada 4 semanas, en al menos uno, el libre semanal será
Domingo.

DÍAS DE LIBRE DISPOSICIÓN

- Los 4 días de libre disposición se pueden disfrutar en Sábado o Domingo.
En el caso de que la empresa no esté conforme la razón debe ser justificada.

COMPLEMENTO DE ANTIGÜEDAD

- El complemento de antigüedad es el importe fijo que figura en la tabla
salarial 2006. Para años sucesivos dependerá de nuevas tablas salariales.

ADMINISTRACIÓN DE INSULINA Y HEPARINA

- En ausencia de la enfermera, la gerocultora podrá utilizar la vía
subcutánea para administrar insulina y heparina a los residentes, siempre
que la dosis y el seguimiento se realize por el personal médico o de
enfermería.

 


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