ARGENTINA MUNICIPALIZA EL CONTROL DE LOS GERIÁTRICOS

02/06/2011

Si en 2008 leíamos que se preparaba una  Ley en Argentina para que los municipios controlasen y supervisasen el funcionamiento de los geriátricos y pensiones de tercera edad.  Ahora vemos que ese proyecto ha llegado a buen puerto.

La provincia de Buenos Aires ha aprobado una Ley que considera establecimiento geriátrico a toda institución residencial para personas mayores, de servicios públicos, de gestión privada y/o gestión publica, que tenga como fin exclusivo brindar servicios de alojamiento, alimentación, e higiene, recreación activa o pasiva y atención medica y/o sicológica no sanatorial, a personas mayores de sesenta años, en forma permanente o transitoria. La edad de ingreso podrá ser inferior a la establecida, siempre que el estado social, o psicofísico de la persona lo justifique.

Según esa Ley, corresponde a las autoridades municipales otorgar la habilitación para el funcionamiento de los establecimientos geriátricos. Ante las mismas se iniciarán y proseguirán los procedimientos administrativos teniendo dicho objeto. No se concederá habilitación a las personas físicas o jurídicas sin la previa conformidad de las autoridades de aplicación de acreditación de los  requisitos que la Ley menciona.

 

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