El Consejo Territorial del SAAD ha aprobado el 26 de noviembre los acuerdos sobre acreditacion (que incluye indicaciones sobre la calidad) que deberán cumplir los centros que presten servicios a personas dependientes y sobre copago."por primera vez" haya "unas reglas de juego comunes para todas" las autonomías y garantizan que nadie se vea privado de recibir asistencia por falta de capacidad económica.
Aunque la ministra de Deportes haya dicho que se establecen unas reglas de juego comunes, la verdad es que los mínimos són muy escasos y permiten tanto juego a las comunidades autónomas que, en la práctica habrá que esperar un tiempo para hacer una valoración.
Sobre el copago, la Ley de Dependencia obliga a participar en el precio según la capacidad económica y el tipo de servicio que se reciba, así el que tenga más recursos pagará más por los servicios que reciba que el que posea menos renta y patrimonio. Aún así se ha optado porque nadie pague por todo el servicio que reciba permitiendo que los ciudadanos con niveles de renta más elevados también puedan beneficiarse de ayudas económicas (directamente o a través del servicio).
Para medir la renta de los beneficiarios del sistema de dependencia se tomará como patrón el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (Iprem), fijado en 2008 en 516,90 euros. De forma que quien tenga capacidad económica por debajo de esa cifira no copague nada, y quien la sobrepase pague un porcentaje del coste total del servicio que reciban que deberá fijar cada comunidad autónoma. Como la capacidad económica cuenta también el patrimonio y en este se encuentra el domicilio del dependiente, el texto aprobado se refiere de forma expresa al mismo estableciendo que se tenga en cuenta únicamente a la hora de fijar su capacidad económica cuando el servicio que reciba sea residencial y la persona viviera sola antes del ingreso.
Sobfre acreditación de centros, también se ha aprobado elacuerdo que fija los requisitos de acreditación y calidad que deberán cumplir los centros y servicios de dependencia en los recursos que utilicen, en la accesibilidad y en la cualificación y número de profesionales de sus plantillas.
Así, los directores de los centros acreditados en el sistema deberán contar con titulación universitaria y haber realizado formación complementaria en dependencia, discapacidad, geriatría, gerontología, dirección de centros residenciales u otras áreas de conocimiento relacionadas con el ámbito de atención a la dependencia.
En cuanto a los cuidadores, gerocultores o categorías profesionales similares, habrán de acreditar la cualificación profesional de Atención Sociosanitaria a Personas Dependientes en instituciones sociales, de Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería o la de Técnico de Atención Sociosanitaria.
Además, quienes realicen las funciones de asistencia personal a personas con gran dependencia, tendrán que acreditar la cualificación profesional de Atención a Personas en el Domicilio, el certificado de profesionalidad de Auxiliar de Ayuda a Domicilio o las titulaciones indicadas para los cuidadores y gerocultores.
Estos requisitos sobre cualificaciones profesionales serán exigibles progresivamente desde ahora hasta 2011 y desde ese año hasta 2015, cuando todos los profesionales que atiendan a personas dependientes deberán contar con titulación.
Texto integro de los acuerdos en el apartado de documentación de Inforesidencias.com