Excelente notica: se recupera desde este mes la cotización de los cuidadores no profesionales

08/04/2019

Desde el día 1 de abril, los cuidadores no profesionales de personas dependientes en el entorno familiar ya pueden recuperar sus cuotas de cotización por parte del Estado. Se trata de una medida que ya existía cuando se aprobó la Ley de Dependencia, que suprimió el PP en el 2012 y ha vuelto reactivar el Ejecutivo de Pedro Sánchez.

La medida se pone en marcha tras la entrada en vigor ayer del Real Decreto-ley 6/2019 de medidas urgentes para la garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación que contempla, entre otras medidas, la recuperación del pago de estas cotizaciones por parte del Estado.

El Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social prevé que alrededor de 180 000 cuidadores no profesionales, en un inmensa mayoría mujeres, se beneficien de esta medida. Actualmente solo 7460 personas cuidadoras están acogidas al Convenio Especial de Cuidadores no profesionales del personas en situación de dependencia, 6640 mujeres y 820 hombres.

Los cuidados en el hogar son un 30,7 % del total de prestaciones que concede el Sistema de Atención y Ayuda a la Dependencia. Con esta medida, entrarán en el sistema de cotización personas en su mayoría de entre 50 y 66 años, que podrán sumar años a su futura prestación de jubilación, con lo que mejora su situación no solo ahora, sino también en el futuro.

La Ley de Dependencia atiende a casi 1 100 000 personas. A las ayudas económicas por cuidados en el hogar se suman otras prestaciones como ayuda a domicilio, teleasitencia, centros de día, plazas en residencias geriátricas, etc.

Las personas cuidadoras interesadas que cumplan los requisitos (ser perceptores de la prestación económica para cuidados en el entorno familiar y que no encontrarse en situación de alta en cualquier régimen de la Seguridad Social a tiempo completo, desempleo o sea perceptor de determinadas prestaciones) pueden solicitar la cotización en un plazo de 90 días desde el 1 de abril en las oficinas de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social o en Administración de la misma de la provincia en la que residan. Entre la documentación a presentar debe estar la resolución de la prestación económica de dependencia y los DNI de la persona dependiente y de su cuidador no profesional.

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