PAIS VASCO: EL ANTEPROYECTO DE LEY CUESTIONA LAS APORTACIONES PATRIMONIALES

12/02/2007



El Gobierno Vasco no quiere que las personas dependientes que consigan una plaza en una residencia pública tengan que responder con su vivienda habitual par pagar a su fallecimiento, una parte de los servicios recibidos. Este es uno de los puntos más controvertidos de la nueva Ley y que cuestiona el modelo de reconocimiento de la deuda en las Diputaciones de Álava y Vizcaya. Veamos también su vinculación con el copago en la Ley de Dependencia...

En las tres provincias vascas, las personas mayores que son atendidas en residencias públicas porque no se valen por si mismas, no pagan actualmente toda la tarifa, sino una parte proporcional que varia según sus ingresos dinerarios. Además, los mayores de Álava y Vizcaya reconocen adicionalmente una deuda por la atención que han recibido de forma que los herederos tiene que responder de la misma con el patrimonio heredado. El piso habitual está incluido entre los bienes que pueden ser vendidos, aunque pueden establecer excepciones puntuales. En la actualidad los usuarios llegan a costear hasta el 90% del coste de la asistencia, entre lo que ponen de su pensión y la venta de su vivienda.

Según publica fuentes del correo digital, el anteproyecto de Ley de Servicios Sociales va a establecer que no se compute el valor patrimonial de una persona dependiente que solicite una plaza en la red pública, y en ningún caso la vivienda habitual. Por consiguiente cuando una persona mayor tenga que reconocer una deuda ante las diputaciones el piso principal quedará excluido de los bienes que haya que vender a su muerte para saldar cuentas. También se persigue que el beneficiario no pague más de un 60% del coste del servicio.


Si lo relacionamos con las aportaciones de copago establecidas en el marco de la Ley por la Autonomía y la atención a la Dependencia, recordaremos que tanto CIU como PNV habían pedido la exclusión del piso principal alegando que invadía las competencias autonómicas. Parece ser que, tal y como está definido el texto de la Ley ésto será así: NO se tendría en cuenta el patrimonio de aquellos contribuyentes que no tengan que pagar impuesto de Patrimonio lo que indirectamente excluiría el piso habitual.


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