SE PROPONEN MODIFICACIONES EN LA HERRAMIENTA DE VALORACIÓN DE DEPENDENCIA

13/07/2010

El Boletín Oficial del Estado de 12 de julio ha publicado una resolución sobre modificación del baremo de valoración de la situación de dependencia establecido en el Real Decreto

504/2007, de 20 de abril.  Este acuerdo servirá de base para la elaboración de un nuevo Real Decreto que entrará en vigor en julio de 2011 y que perseguirá los siguientes objetivos:

  • Facilitar la comprensión de los criterios generales de aplicación ajustando su redacción a los conceptos de la Clasificación del Funcionamiento, de la Discapacidad y de la Salud (CIF), documento de la Organización Mundial de la Salud (OMS) de 2001, resaltando la necesidad de establecer la coherencia de la valoración con el informe de salud y del entorno.
  • Diferenciar el «No desempeño de la tarea», originado por la situación de dependencia respecto del debido a otras causas no puntuables.
  • Determinar el umbral de dependencia de acuerdo con la frecuencia con que se requiere el apoyo de otra u otras personas.
  • Ajustar conceptualmente la definición de los tipos de apoyo de otra u otras personas, mejorando con ello la clasificación de la gravedad de las situaciones de dependencia, que se determina de acuerdo con la definición de grados y niveles previstos en el artículo 26 de la Ley.
  • Simplificar las tareas objeto de valoración que han resultado complejas o han presentado dificultades para la determinación del apoyo por tratarse de funciones fisiológicas. Ello, mediante su modificación o sustitución. 
  • Mejorar la Escala de Valoración Específica de dependencia para personas menores de tres años (EVE) mediante la incorporación de dos nuevos ítems en la tabla de movilidad, para una mayor precisión de este bloque de actividad. Asimismo, revisar la tabla de combinación de necesidades de apoyo en salud, para mejorar su sensibilidad al cruzarlas con las medidas de soporte para funciones vitales.

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