Esta es la información que hemos recogido el último consejo de ministros de 2007 y la Ley de Dependencia:
El Consejo de Ministros ha recibido un Informe del Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales sobre el proyecto de Real Decreto por el que se fijan las prestaciones para los dependientes severos nivel 2 y se actualizan las de los grandes dependientes para 2008. Según la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia (Ley de Dependencia), las personas con dependencia severa nivel 2 son beneficiarios del Sistema de Dependencia desde el 1 de enero de 2008.
Este proyecto de Real Decreto fue informado favorablemente por el Consejo Territorial de la Dependencia.
Servicios y prestaciones de la Ley para 2008
La Ley de Dependencia, aprobada por amplia mayoría en el Parlamento, ha establecido un nuevo derecho de ciudadanía en España, el derecho de las personas mayores y de las personas con discapacidad que no se pueden valer por sí mismas a ser atendidas por los poderes públicos, y crea el Sistema de Dependencia.
A través del sistema, las personas dependientes tienen garantizado el acceso a los servicios sociales o a las prestaciones económicas que necesiten.
En 2007, primer año de aplicación de la Ley, todas las personas evaluadas como grandes dependientes eran beneficiarias de la Ley. A partir de 2008 este derecho universal se extiende a los dependientes severos nivel 2.
Los servicios que recibirán estos ciudadanos son los siguientes:
En caso de que no exista oferta pública del servicio que se requiera, las personas con gran dependencia o severa nivel 2 pueden recibir una serie de prestaciones económicas:
Se trata de una prestación económica para que la persona pueda adquirir el servicio en el mercado privado. Según el proyecto de Real Decreto, las cuantías de esta prestación para 2008 serían las siguientes: