TELEFONO DE INFORMACIÓN DE LA DEPENDENCIA

11/01/2007

El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales ha habilitado un teléfono, el 900.40.60.80 para informar a las personas sobre la Ley de Atención a la Dependencia. A pesar de que lleva muy poco en activo está recibiendo multitud de llamadas de personas mayores en su mayoría interesados en saber más de aquello de lo tanto hablan actualmente los medios de comunicación. De momento poca informacion puede suministrar hasta que en primavera comiencen a funcionar las primeras medidas a las que podrán acogerse las personas que acrediten una discapacidad grave.

Más de 5.500 personas se pusieron en contacto en toda España con este Servicio de Información del Sistema Nacional de Dependencia durante los dos primeros días del año, para informarse sobre la posibilidad de acogerse a alguno de los servicios sociales que ofrece la Ley.

La gestión del teléfono la ha adjudicado el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales a la unión temporal de empresas formada por Telefónica Soluciones de Informática y Comunicaciones y por Servicios Telemarketing (SERTEL firma perteneciente a Fundosa, el grupo empresarial de la Fundación ONCE) por un importe de 3,46 millones de euros. El Ministerio contaba con un presupuesto base de . La Adjudicación fue realizada por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales en tramitación ordinaria, por procedimiento negociado y sin publicidad.

De momento en este teléfono se explica al ciudadano cual es el calendario y los trámites a realizar durante los próximos meses para recibir los servicios de la Ley de Dependencia. De acuerdo con lo manifestado por el propio Ministerio:

a) Una vez se apruebe el baremo en las próximas semanas, todos los españoles que lo deseen pueden solicitar una evaluación en los servicios sociales de su Comunidad Autónoma para determinar su grado y nivel de dependencia. Mientras tanto los ciudadanos pueden dirigirse alos servicios sociales municipales y/o llamar al teléfono anterior.

b) El ciudadano recibirá una acreditación con su grado y nivel de dependencia que tendrá validez para todo el Estado. Para recibir esa acreditación previamente habrá de solicitarlo mediante los sistemas que se establezcan a tal efecto. Con esa solicitud tendrá que adjuntar un informe de las condiciones de salud.

c) Los servicios sociales municipales de cada Comunidad Autónoma elaborarán, teniendo en cuenta la opinión del beneficiario, un Programa Individual de Atención con los servicios y/o prestaciones económicas que va a recibir.

d) El beneficiario recibe el servicio y/o prestación económica de su Comunidad Autónoma

 

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