UPIMIR COMUNICA UN CAMBIO EN LA TRAMITACIÓN DE LOS PIA

12/06/2012

La patronal de pequeñas y medianas residencias UPIMIR ha difundido un documento en el que informa que la Generalitat ha cambiado una práctica en relación con la tramitación de los Programas de Atención Individual (PIA).  Després de haber leído el documento y hablado con el presidente de UPIMIR intentamos explicar en qué consiste el cambio.

Imaginemos una persona mayor que vive en una residencia privada.  Pide la valoración de la dependencia y recibe una información de una trabajadora social según la cual, si vive en una residencia privada no acreditada (o sea que no es colaboradora, concerada ni puede recibir prestaciones económicas vinculadas), no le podrán tramitar el PIA (documento esencial para poder beneficiarse de la Ley de Dependencia).  Ante esa tesitura, algunas personas toman la decisión de cambiar de residencia, aunque en principio no querrían hacerlo.  Una vez ingresadas en una residencia que sí es acreditada les tramitan el PIA y les piden que elijan en qué residencia concertada o pública quieren ingresar.  Cómo la mayoría están ocupadas al 100%, la persona se pone en lista de espera y pasado un tiempo, cuando se produce una vacante, vuelve a cambiar de residencia.

Imaginémonos otro caso.  Una persona mayor dependiente solicita que le valoren la dependencia y acude a la trabajadora social que le corresponde.  Esta le recomienda que ingrese en una residencia de las que puedan cobrar PEVs ya que de otra forma, llegado el momento, no le podrán tramitar el PIA.

La consecuencia en ambos casos es que las residencias totalmente privadas pierden residentes que, de otra forma decidirían quedarse en las mismas.

Como casi siempre las situaciones suponen ventajas para unos que a su vez son desventajas para otros.  A una residencia acreditada para acoger a usuarios de PEV la situación actual no le perjudica pero a los centros que son privados del todo sí.

¿Y a los residentes y familiares?  Dado que cada vez las personas toman la decisión de ingresar en una residencia más tarde y en una situación de necesidad de atención más intensa, en muchos casos, no resulta extraño que éstas no lleguen a concluir el proceso de valoración/PIA sencillamente porque fallecen durante el mismo.   En esos casos quizás prefiriesen quedarse en la residencia que hayan elegido.

El cambio introducido por la Generalitat y explicado en el documento de UPIMIR consiste en la utilización por parte de estas personas de dos documentos que ya s eutilizan, un desistimiento del PIA (que no supone la renuncia total al mismo sino una especie de aplazamiento) combinado con una reserva de plaza en la residencia pública o concertada que la familia elija.  De esta manera, sin cobrar nada de la administración, la persona puede quedarse en la residencia privada que haya elegido (pagando el coste de la misma), hasta que tenga plaza en la residencia pública o concertada.  Una vez le llegue el turno, se reactiva el PIA y se le asigna la plaza.

Es un poco enrevesado por lo que recomendamos la lectura del documento adjunto y, por supuesto , la discusión del mismo en el foro de Inforesidencias.com

Ver documento

Modelo de desisitimiento

Modelo de reserva de plaza

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