Vuelven los esperados viajes del Imserso

08/06/2021

Los viajes del Imserso han sido año tras año uno de los recursos mejor valorados por las personas mayores. Su éxito contribuye a su bienestar y calidad de vida gracias a una oferta variada y unos precios razonables. Además, es un sostén de la industria turística en las temporadas de menor afluencia.

La pandemia hizo que se suspendiera la campaña 2020-2021, sin embargo, gracias a la vacunación, se espera que en octubre se retomen los viajes.     

En España el principal criterio para la inoculación de las vacunas contra la covid es la edad, esto supone que el 100 % de los mayores de 80 años ya han recibido la pauta completa. Entre los de entre 79 y 70 años se está muy cerca de ese porcentaje (algunas comunidades ya lo han alcanzado) y también se acercan al 100 % con la primera dosis las personas entre 69 y 60. Esto hace que los en sus domicilio y en las residencias para la tercera edad retomen sus planes de ocio.

Los requisitos para participar en el Programa de Turismo del Imserso son, si residen en España tienen que cumplir una de las siguientes condiciones:  ser pensionista de jubilación del sistema público español de pensiones, ser pensionista de viudedad con 55 años o más, ser pensionista por otros conceptos o perceptor de prestaciones o subsidios de desempleo con 60 años o más, ser titular o beneficiario del Sistema de la Seguridad Social con 65 años o más, ser emigrante retornado a España y pensionista del Sistema de la Seguridad Social del país del que ha retornado.

Si se reside fuera de España, pueden acceder al programa aquellos españoles que vivan en Alemania, Andorra, Austria, Bélgica, Dinamarca, Finlandia, Francia, Holanda, Italia, Luxemburgo, Noruega, Portugal, Reino Unido, Suecia y Suiza, que podrán tramitar su petición en las correspondientes Consejerías de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.

También los españoles emigrantes que han retornado a España podrán participar en los viajes del Imserso si son pensionistas de los sistemas públicos de Seguridad Social del país o países a los que hubieran emigrado. 

Es importante señalar que a los viajes pueden acceder los cónyuges, parejas de hecho, personas con las que se constituye una unión estable y de convivencia o hijos con discapacidad en grado igual o superior al 45 % sin necesidad de que estos reúnan los requisitos de edad o de pensión.

El plazo para presentar las solicitudes al programa se informarán en la página web del Imserso y en las oficinas físicas. Por lo general, el periodo de presentación dura quince días y para los viajeros habituales no será necesario cumplimentar estos documentos.

Si es la primera vez que se accede al programa turístico se debe que cumplimentar una solicitud donde se indiquen los datos personales y las referencias de viaje. Se puede realizar de tres maneras:

  • En línea en la sede electrónica del Imserso donde se encontrará el documento y deberá seguir las instrucciones a completar.
  • Por correo ordinario descargando el modelo de solicitud y entregándolo firmado y cumplimentado a la sede central. Puede remitirse tanto al Apartado de correos 10140 (28080 Madrid) o a
    Servicios Centrales del Imserso (c/ Ginzo de Limia, 58 - 28029 Madrid). 
  • O presencial, presentando la documentación en las administraciones públicas más cercanas.

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