>CONCIERTO Y PRESUNCIÓN DE INOCENCIA EN CATALUÑA
- Publicado por Josep de Martí
- Posted on septiembre 17, 2010
- Uncategorized
- Comentarios desactivados en >CONCIERTO Y PRESUNCIÓN DE INOCENCIA EN CATALUÑA
>La Generalitat ha aunciado en Julio que piensa convertir las 14.000 plazas de colaboración en concertadas mediante un sistema en el que «invitará» a las residencias colaboradoras a presentar una oferta en la que deberían acreditar que cumplen unos determinados requisitos.
Primero dijo que las invitaciones se empezarían a enviar en Septiembre y que empezarían por las más grandes (las que tienen más plazas colaboradoras), ahora dicen que será en Octubre y que empezarán por las que no tengan sanciones pendientes ni expedientes sancionadores abiertos.
Ante estas manifestaciones de voluntad pública me gustaría hacer tres reflexiones:
1. Sobre la credibilidad de los actuales responsables del Departamento
En los últimos tres años, el Departament d’Acció Social i Ciutadania, a través de la consellera o la directora general del ICASS ha ido haciendo anuncios que después no se han sustanciado en nada. Por ejemplo, en diciembre de 2008 dijeron que durante 2009 se podrían acreditar nuevos centros colaboradores (no fue así), que antes de finalizar 2009 habría un decreto de acreditación (tampoco fue así). Estos incumplimientos de la palabra dada no tenían ninguna relación con la crisis económica debido a que no hubiese costado dinero abrir la convocatoria o sacar un Decreto que parece tienen preparado hace meses.
Hubo residencias que creyeron lo que dijo la Generalitat y esperaron poder acreditarse durante 2009. Hoy son de los que no pueden ingresar, a pesar de cumplir los requisitos para ser colaboradores, ningún residente beneficiario de la Ley de Dependencia. Incluso ven como sus residentes actuales tienen que irse a otros centros cuando solicitan la ayuda ya que, desde servicios sociales les dicen que tienen que ingresar en un centro colaborador o concertado para poder tramitar la ayuda.
Estas residencias no podrán presentarse a la nueva concertación ya que, como está sometida a «invitación previa», quedarán excluídas sin remisión.
Algunas de ellas piensan: «Si no hubiese creído a la administración me hubiese presentado como centro colaborador antes de acabar 2008 y ahora no se estarían yendo los residentes».
2. El abuso del sistema negociado sin publicidad
Las administraciones públicas están obligadas, cuando contratan a aplicar unos principios que intentan garantizar que contraten el mejor servicio y al mejor precio. Entre estos principios están los de concurrencia o transparencia.
Sin embargo Acció Social i Ciutadania utiliza un sistema, que la ley permite con ciertas cautelas, que es el «negociado sin publicidad», esto le permite invitar a los licitadores entre aquéllos que ella considere adecuados.
Cuando, en abril de 2009 convocó 1500 plazas de concierto pudieron presentarse a la licitación todas las residencias que pensaban que cumplían los requisitos y querían hacer una oferta. Fue un ejemplo de cómo deben hacerse las cosas (aunque también hubo detalles cuestionables). El problema fue que se generó tanto trabajo para el servicio de contratación que parece que ya no están dispuestos a volver a utilizar ese sistema de nuevo. Lo cierto es que la documentación que se tiene que presentar (y debe ser estudiada por los funcionarios) es igual de voluminosa para comptrar dos mesas que para contratar un concierto de 500 plazas. Si se presentan 200 residencias a uno de esos «concursos» el servicio se bloquea.
Entiendo que, a pesar de ello, la Generalitat debería dar la oportunidad de presentarse a todas las residencias que cumplan con los requisitos que ella determine.
3. Violación del principio de presunción de inocencia y surgimiento de un caso de indefensión
Si fuese cierto que las residencias que tengan un expediente sancionador abierto no serán invitadas a concertar, estaríamos ante un a violación clara del principio de presunción de inocencia.
Una residencia puede tener un expediente sancionador abierto que, durante su tramitación se archive (porque no se habían probado suficientemente los cargos o porque la corrección de las deficiencias se consideró suficiente para proponer el archivo). De hecho e principio de presunción de inocencia establece que todos somos inocentes salvo que se demuestre lo contrario (mediante una resolución administrativa o judicial). En esos casos, si el mero hecho de tener el expediente abierto hace que la administración no «invite» se produce una clara violación de este principio.
Pero es aun más grave ya que, si sucede, la víctima no podrá hacer nada ya que no tendrá nada que recurrir. Si va a la administración ésta le podrá decir que ella invita a quién considera más adecuado y que no le tienen que dar explicaciones porque no tiene la consideración de interesado en un expediente que no conoce porque es «sin publicidad».
Ante esta situación, no es de extrañar que surjan opiniones totalmente contrarias a la concertación que propugnan que ninguna residencia debiera aceptar la invitación.
Yo creo que cada cual debe hacer su valoración pero que, sea como sea, no se están haciendo bien las cosas.
Entradas recientes
- ¿Cómo es la dispensación de medicamentos en una residencia de personas mayores?
- Diferencia entre demencia y alzheimer: Comprendiendo sus particularidades
- Terapia ocupacional en residencias de mayores
- Nutrición y bienestar en personas mayores
- Reclamaciones judiciales por el uso de sujeciones en residencias de mayores
Categorías
Comentarios recientes
- Noticias 18 de enero 2021 – Sanitas en Vacunas y la experiencia de Sanitas Consell de Cent
- taxi solidario contra el Coronavirus - Blog Inforesidencias.com en CUATRO ACCIONES A TOMAR ¡YA! PARA EVITAR QUE MUERAN MÁS MAYORES QUE VIVEN EN RESIDENCIAS
- Maria Gloria Subirats en Terapia con muñecas en residencias de mayores
- Musicoterapia en Música y musicoterapia en residencias, algo original
- Milena en Las 10 mejores residencias geriátricas del mundo desde el punto de vista arquitectónico
Archivos
- marzo 2025
- febrero 2025
- enero 2025
- diciembre 2024
- noviembre 2024
- octubre 2024
- septiembre 2024
- agosto 2024
- julio 2024
- junio 2024
- mayo 2024
- abril 2024
- marzo 2024
- febrero 2024
- enero 2024
- diciembre 2023
- noviembre 2023
- octubre 2023
- septiembre 2023
- agosto 2023
- julio 2023
- junio 2023
- mayo 2023
- abril 2023
- marzo 2023
- febrero 2023
- enero 2023
- diciembre 2022
- noviembre 2022
- octubre 2022
- septiembre 2022
- agosto 2022
- julio 2022
- junio 2022
- mayo 2022
- abril 2022
- marzo 2022
- febrero 2022
- enero 2022
- diciembre 2021
- noviembre 2021
- octubre 2021
- septiembre 2021
- agosto 2021
- julio 2021
- junio 2021
- mayo 2021
- abril 2021
- marzo 2021
- febrero 2021
- enero 2021
- diciembre 2020
- noviembre 2020
- octubre 2020
- septiembre 2020
- agosto 2020
- julio 2020
- junio 2020
- mayo 2020
- abril 2020
- marzo 2020
- febrero 2020
- enero 2020
- diciembre 2019
- noviembre 2019
- octubre 2019
- septiembre 2019
- agosto 2019
- julio 2019
- junio 2019
- mayo 2019
- abril 2019
- marzo 2019
- febrero 2019
- enero 2019
- diciembre 2018
- noviembre 2018
- octubre 2018
- septiembre 2018
- agosto 2018
- julio 2018
- junio 2018
- mayo 2018
- abril 2018
- marzo 2018
- febrero 2018
- enero 2018
- diciembre 2017
- noviembre 2017
- octubre 2017
- septiembre 2017
- agosto 2017
- julio 2017
- junio 2017
- mayo 2017
- abril 2017
- marzo 2017
- febrero 2017
- enero 2017
- noviembre 2016
- octubre 2016
- septiembre 2016
- agosto 2016
- julio 2016
- junio 2016
- mayo 2016
- abril 2016
- marzo 2016
- febrero 2016
- enero 2016
- diciembre 2015
- noviembre 2015
- octubre 2015
- septiembre 2015
- agosto 2015
- julio 2015
- febrero 2015
- noviembre 2014
- julio 2014
- julio 2013
- enero 2011
- noviembre 2010
- septiembre 2010
- julio 2010
- junio 2010
- mayo 2010
- abril 2010
- marzo 2010
- febrero 2010
- enero 2010
- diciembre 2009
- noviembre 2009
- octubre 2009
- septiembre 2009
- julio 2009
- junio 2009
- mayo 2009
- febrero 2009
- enero 2009
- diciembre 2008
- septiembre 2008
- agosto 2008
- julio 2008
- mayo 2008
- abril 2008
- marzo 2008
- febrero 2008
- enero 2008
- noviembre 2007
- septiembre 2007
- abril 2007
- febrero 2007
- noviembre 2006
- julio 2006
- marzo 2006
- marzo 2005
- febrero 2005
- enero 2005
- diciembre 2004
- noviembre 2004
- octubre 2004
- junio 2004
- abril 2004
- febrero 2004
- diciembre 2003
Entradas recientes
- ¿Cómo es la dispensación de medicamentos en una residencia de personas mayores?
- Diferencia entre demencia y alzheimer: Comprendiendo sus particularidades
Temas de interés
Comentarios recientes
- Noticias 18 de enero 2021 – Sanitas en Vacunas y la experiencia de Sanitas Consell de Cent
- taxi solidario contra el Coronavirus - Blog Inforesidencias.com en CUATRO ACCIONES A TOMAR ¡YA! PARA EVITAR QUE MUERAN MÁS MAYORES QUE VIVEN EN RESIDENCIAS
- Maria Gloria Subirats en Terapia con muñecas en residencias de mayores
- Musicoterapia en Música y musicoterapia en residencias, algo original
- Milena en Las 10 mejores residencias geriátricas del mundo desde el punto de vista arquitectónico