INTERVENCIÓN JUDICIAL DEL INGRESO EN RESIDENCIAS: EL JUGUETE DE FISCALES Y JUECES
- Publicado por Josep de Martí
- Posted on enero 27, 2011
- Uncategorized
- 1 comentario.
El ingreso de personas mayores en residencias geriátricas es un tema que me preocupa desde hace años.
El día 1 de febrero de 2011 hará veinte años que empecé a trabajar en el sector de la atención a personas mayores. Muchas cosas han cambiado desde entonces pero una sigue inalterable: Todavía no hemos resuelto el problema jurídico que se genera cuando una persona con demencia ingresa en una residencia.
Lo más curioso es que existen Leyes pensadas para regular el internamiento involuntario para recibir tratamiento psiquiátrico pero nunca se les ha ocurrido a nuestro gobernantes plantear una Ley para el ingreso «sin voluntad» en residencias. Y es que no es lo mismo forzar a una persona a quedarse en un psiquiátrico, cuando vemos claramente que esa persona no quiere hacerlo, que hacer lo mismo con alguien que sufre demencia en una residencia. A partir de aquí surgen las dudas ¿Es la residencia un centro abierto o cerrado?, ¿Es lo mismo ingreso que internamiento?, ¿Tiene relevancia que la persona reciba o no un tratamiento?..

Intervención de tribunales en el internamiento en residencias
Como esas dudas llevan años sin resolverse, aunque se trate de algo que afecta derechos fundamentales y debería tener la misma solución en toda España, cada Fiscalía, cada Audiencia y casi cada Juzgado han ido creando sus formas de actuar, diferentes de un lugar a otro e incluso cambiantes dentro de cada lugar.
Me acuerdo con cierta añoranza de mis tiempos de inspector cuando exigíamos a las residencias que comunicasen al juzgado el ingreso urgente de residentes con demencia. En algunos casos me decían las residencias que el juzgado de su pueblo les comunicaba que no hacía falta que comunicasen nada; en otros que sí había que comunicar pero que debía hacerlo el médico ya que el director de la residencia no estaba legitimado; en otros, que según los residentes el juzgado contestaba o no. Y, lo más curioso, un Juzgado de Barcelona especializado en incapacidades e internamientos, que cambiaba totalmente de criterio según la persona que ocupaba el cargo de juez.
También recuerdo que en una ocasión fui invitado por la patronal Castellano Manchega de residencias a impartir unas clases en cuatro ciudades de esa hermosa comunidad (Toledo, Guadalajara, Talavera de la Reina y Alcázar de San Juan). Pues bien, cuando pregunté qué hacían cuando ingresaba un residente con demencia la respuesta dependía de si «a la Fiscalía de la zona le interesaba el tema más o menos». En una zona una Fiscal había enviado circulares a las residencias, había hecho reuniones y tenía establecido un circuito de documentos. En otra, nada por el estilo.
Hay libros en los que aparecen la disparidad de soluciones aportadas por las Audiencias Provinciales de distintas provincias (Protección Jurídica de los Mayores, Diez temas jurídicos de Portal Mayores o Internamientos civiles y derechos fundamentales de los usuarios de centros sanitarios, sociales y sociosanitarios).
En mi humilde opinión lo que pasa con el ingreso de mayores con demencia en residencias es que ses algo parecido a un juguete que se le regala a un niño. Al principio hace mucha ilusión pero al cabo de unos días se aburren del mismo y lo arrinconan. Así, algunos Fiscales y Jueces ven que en algunos casos se han producido abusos e intentan abordar la cuestión entendiendo que hay que aplicar la misma norma al internamiento psiquiátrico que al ingreso social. Entonces empiezan a trabajar denodadamente: envían al forense a visitar a los residentes, piden informes, intentan aplicar el artículo 763 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (cosa totalmente imposible porque los plazos son irreales) y, al cabo de un tiempo, salvo que en su zona sólo haya una residencia, se les empiezan a acumular los expedientes. Un día se dan cuenta de que, en la mayoría de los casos, la autorización del ingreso no supone una mayor protección jurídica sino una mayore producción de papel y gestiones administrativas y, poco a poco empiezan a priorizar otras cosas.
Escribo eso al hilo de una noticia aparecida en el Faro de Vigo que explica los problemas que están apareciendo al exigir la Fiscalia que un juez ratifique los ingresos en residencias de personas con demencia.
Vale la pena leer la noticia ya que dice que esa obligación viene de la Ley de Dependencia y la Ley Gallega de Servicios Sociales. Eso no es cierto: Repito, la competencia sobre derechos fundamentales es del Estado y la regulación sobre internamientos que ahora exigen en Vigo está en la Ley de Enjuiciamento Civil.
A las residencias de ancianos de Pontevedra que estan viviendo esas situación les recomiendo paciencia. El niño se aburrirá del juguete.
A nuestros gobernantes les pido acción: El número de personas con demencia no para de crecer ¿Podrían legislar una solución específica para el ingreso en residencias que de verdad supusiese una protección para quien la necesite sin convertirse únicamente en un procedimiento burocrático estéril?
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>En abril de 2010 escribí unas líneas en este blog tituladas A vueltas con el uso de contenciones http://josepdemarti.blogspot.com/2010/04/vueltas-con-el-uso-de-contenciones-y.html Estoy de acuerdo de que se trata de otro de esos temas sin resolver en los que los papeles no se hacen para proteger los derechos de los residentes. A mi manera de ver, tanta burocratización convierte estas medidas en herramientas de protección de las residencias ante posibles demandas de familiares más que en buenas prácticas.