Qué es y cómo funciona una Prestación Económica Vinculada al Servicio (PEVS)

Cuando una persona tiene reconocida una situación de dependencia y necesita un servicio de atención, no siempre puede acceder directamente a una plaza o servicio público o concertado. En esos casos, puede plantearse una prestación económica destinada a contribuir al coste de un servicio determinado. Por ello, hoy en Inforesidencias hablamos de ‘Qué es y cómo funciona una Prestación Económica Vinculada al Servicio (PEVS)‘.

Para las familias, entender qué significa esta prestación, quién puede recibirla, qué servicio puede contratarse y de qué depende su cuantía resulta fundamental antes de tomar una decisión.

La Prestación Económica Vinculada al Servicio, conocida habitualmente como PEVS, forma parte del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD). No se trata de una ayuda económica de carácter general que pueda utilizarse libremente. La legislación establece que está vinculada a la adquisición de un servicio y que la Administración debe supervisar que el dinero se destine a la finalidad para la que fue concedido.

Entonces… ¿Qué es y cómo funciona la Prestación Económica Vinculada al Servicio (PEVS)?

La PEVS es una prestación económica periódica destinada a contribuir a financiar un servicio de atención y cuidados cuando no resulta posible acceder a un servicio público o concertado en los términos establecidos por la normativa.

La Ley 39/2006 establece que las prestaciones de atención a la dependencia pueden tener la naturaleza de servicios o de prestaciones económicas y señala que los servicios del catálogo tienen carácter prioritario. Cuando no es posible recibir la atención mediante esos servicios, la ley contempla la prestación económica vinculada al servicio.

Por tanto, la PEVS está directamente relacionada con un servicio concreto. No debe confundirse con la prestación económica para cuidados en el entorno familiar ni con la prestación económica de asistencia personal, que responden a finalidades diferentes.

¿Para qué servicios se puede recibir una PEVS?

La respuesta concreta depende de la normativa de cada comunidad autónoma y de lo establecido en el Programa Individual de Atención (PIA).

La normativa estatal contempla la prestación vinculada al servicio dentro del sistema de dependencia y establece sus características generales. Las comunidades autónomas desarrollan los procedimientos de reconocimiento, aplicación y gestión de estas prestaciones.

Por ejemplo, la Comunidad de Madrid contempla la PEVS para financiar servicios de atención residencial, atención diurna, ayuda a domicilio y promoción de la autonomía personal, siempre que se cumplan las condiciones establecidas.

Esto significa que no basta con que una persona tenga reconocido un determinado grado de dependencia para poder contratar cualquier servicio privado y recibir automáticamente una PEVS. El servicio debe corresponder con la modalidad reconocida y deben cumplirse los requisitos establecidos por la Administración competente.

¿Quién puede recibir una prestación económica vinculada al servicio?

La PEVS está dirigida a personas a las que se ha reconocido una situación de dependencia y para las que concurren las circunstancias previstas en la normativa.

La Ley 39/2006 establece que la prestación se reconoce, en los términos que determine la normativa, cuando no sea posible el acceso a un servicio público o concertado de atención y cuidado. Además, su reconocimiento tiene en cuenta el grado de dependencia y la capacidad económica de la persona beneficiaria.

El procedimiento concreto no es idéntico en todas las comunidades autónomas. Por eso, una familia que quiera saber si puede acceder a una PEVS debe consultar la Administración autonómica que gestiona el reconocimiento de la dependencia y comprobar qué servicio aparece establecido en su PIA.

En la Comunidad de Madrid, por ejemplo, el procedimiento incluye la valoración de la situación de dependencia y posteriormente la elaboración del PIA, en el que se determina la modalidad de intervención correspondiente.

¿Cómo funciona la PEVS?

El funcionamiento puede resumirse en varios pasos. Primero, la persona debe tener reconocida la situación de dependencia y el correspondiente grado. Después se determina, mediante el Programa Individual de Atención, qué servicio constituye la modalidad de intervención adecuada.

Cuando no es posible acceder al servicio público o concertado correspondiente y se cumplen los requisitos establecidos, puede reconocerse la prestación económica vinculada al servicio. A partir de ese momento, la persona beneficiaria debe contratar el servicio con un centro o entidad que reúna las condiciones exigidas por la Administración correspondiente.

La prestación no pierde por ello su vinculación con el servicio. La Ley 39/2006 establece expresamente que se trata de una prestación económica de carácter personal vinculada a la adquisición de un servicio y que las Administraciones deben supervisar su destino y utilización.

En otras palabras, la PEVS no es simplemente dinero para disponer de él sin una finalidad determinada. Su razón de ser es ayudar a financiar el servicio de atención reconocido.

¿Qué relación existe entre la PEVS y una residencia de personas mayores?

En el caso de una persona que necesita atención residencial, la PEVS puede contribuir a financiar el coste de una residencia cuando se cumplen las condiciones establecidas por la Administración competente.

Aquí aparece una de las dudas más habituales de las familias: recibir una PEVS no significa necesariamente que la Administración vaya a pagar íntegramente el precio de la residencia.

La cuantía reconocida depende de diferentes factores y, además, el precio del servicio puede ser superior a la cantidad concedida. La familia debe conocer tanto el coste del servicio como la prestación reconocida y la aportación económica que corresponda a la persona beneficiaria.

En la Comunidad de Madrid, por ejemplo, la propia Administración señala que la cuantía de la PEVS se determina teniendo en cuenta el grado de dependencia, el coste del servicio y la capacidad económica de la persona beneficiaria.

¿De cuánto dinero es la PEVS?

No existe una única cantidad que pueda aplicarse a todas las personas beneficiarias.

La normativa estatal establece cuantías máximas y también cuantías mínimas, mientras que el importe concreto de la prestación se determina teniendo en cuenta la capacidad económica y las reglas aplicables en cada territorio.

El Real Decreto 675/2023 estableció que el importe individual se obtiene aplicando a la cuantía vigente un coeficiente reductor según la capacidad económica de la persona beneficiaria, de acuerdo con lo establecido por la comunidad autónoma o Administración competente.

En la normativa estatal vigente, las cuantías máximas generales de la PEVS son:

  • Grado III: 747,25 euros mensuales.
  • Grado II: 445,30 euros mensuales.
  • Grado I: 313,50 euros mensuales.

Para la PEVS vinculada al servicio de atención residencial, la cuantía máxima correspondiente al grado II se equipara a la establecida para el grado III. Para la PEVS de centro de día, la cuantía máxima correspondiente al grado I se equipara a la del grado II. La normativa también contempla una cuantía máxima específica de 9.859 euros mensuales para la PEVS de ayuda a domicilio correspondiente al Grado III+ de dependencia extrema.

Las cuantías mínimas estatales de la PEVS son de 200 euros mensuales para el grado III, 150 euros para el grado II y 100 euros para el grado I, con la particularidad de que en la PEVS vinculada al servicio de teleasistencia no se aplica esa cuantía mínima.

Estas cifras no deben interpretarse como la cantidad que necesariamente recibirá cada persona. El importe final depende de las reglas aplicables al caso concreto y de la capacidad económica de la persona beneficiaria.

¿Puede elegirse la residencia o el servicio?

La posibilidad de elegir el centro o entidad también depende de las condiciones establecidas por la Administración competente.

En la Comunidad de Madrid, por ejemplo, la Administración señala que la persona usuaria puede elegir la entidad privada que le prestará el servicio, siempre que se trate de una entidad acreditada y cumpla las condiciones establecidas.

Por eso, antes de contratar una residencia, un centro de día o un servicio de ayuda a domicilio pensando en utilizar una PEVS, conviene comprobar que el centro o entidad cumple los requisitos exigidos en la comunidad autónoma correspondiente.

No sería correcto trasladar automáticamente las condiciones de una comunidad autónoma a otra. La gestión de la dependencia corresponde a las comunidades autónomas y existen diferencias en los procedimientos, requisitos, compatibilidades y fórmulas de cálculo.

¿La PEVS paga todo el precio de una residencia?

No necesariamente.

La prestación está destinada a contribuir a financiar el coste del servicio, pero la cuantía reconocida puede ser inferior al precio que cobra el centro. Además, la determinación de la prestación tiene en cuenta la capacidad económica de la persona beneficiaria.

Por eso, cuando una familia busca una residencia utilizando una PEVS, es importante conocer tres cantidades diferentes: el precio del servicio, la cuantía de la prestación reconocida y la aportación que finalmente corresponde asumir a la persona beneficiaria.

La diferencia entre el precio de una residencia y la PEVS reconocida no puede darse por supuesta ni calcularse únicamente a partir del grado de dependencia.

¿La PEVS es igual en todas las comunidades autónomas?

No.

Existe un marco estatal establecido por la Ley de Dependencia y su normativa de desarrollo, pero la gestión de las prestaciones corresponde a las Administraciones competentes y las comunidades autónomas establecen aspectos concretos de su aplicación.

La propia normativa estatal contempla que el importe individual de las prestaciones económicas se determine teniendo en cuenta la capacidad económica y las reglas establecidas por la comunidad autónoma o Administración competente.

Por este motivo, una persona que resida en Madrid, Cataluña, Andalucía, Galicia o cualquier otra comunidad autónoma puede encontrarse con diferencias en el procedimiento, la documentación, las compatibilidades, las condiciones exigidas al servicio o la fórmula utilizada para determinar la cuantía.

La información de la Administración autonómica correspondiente será, por tanto, la referencia para conocer las condiciones concretas de cada caso.

¿Qué debe comprobar una familia antes de contratar un servicio con PEVS?

Antes de tomar una decisión conviene comprobar, al menos, que:

  • la persona tiene reconocida la situación de dependencia;
  • el servicio que necesita aparece contemplado en su Programa Individual de Atención;
  • la prestación económica vinculada ha sido reconocida o puede solicitarse conforme al procedimiento aplicable;
  • el centro o entidad que se pretende contratar cumple los requisitos de acreditación exigidos;
  • se conoce el precio total del servicio;
  • se conoce la cuantía de la PEVS que corresponde;
  • se sabe qué parte del coste deberá asumir la persona beneficiaria;
  • y se conocen las condiciones de justificación y mantenimiento de la prestación.

Estos últimos aspectos son especialmente importantes porque la PEVS está vinculada a la finalidad para la que se concede y su utilización puede ser objeto de comprobación por parte de la Administración.

PEVS: una ayuda vinculada a un servicio concreto

En definitiva, Qué es y cómo funciona una Prestación Económica Vinculada al Servicio (PEVS) se entiende mejor si se recuerda su característica fundamental: es una prestación económica vinculada a la contratación de un servicio de atención a la dependencia.

No es una ayuda económica de libre disposición ni una cantidad idéntica para todas las personas. Su reconocimiento está condicionado por la situación de dependencia, el servicio previsto en el PIA, la imposibilidad de acceder en determinadas circunstancias a un servicio público o concertado y la capacidad económica de la persona beneficiaria, además de las reglas establecidas por cada Administración competente.

Para una familia que está buscando una residencia, un centro de día o ayuda a domicilio, conocer cómo funciona la PEVS puede ser importante para calcular el coste real de la atención y valorar las alternativas disponibles. Pero la cantidad que finalmente corresponda y las condiciones para recibirla deben comprobarse siempre ante la Administración competente en el territorio donde resida la persona.

Y, como decimos siempre, si ha visto interesante este artículo «Qué es y cómo funciona una Prestación Económica Vinculada al Servicio (PEVS)», es muy probable que encuentre igualmente útil estos otros:

– Formas de pagar una residencia de personas mayores

– Prestaciones de la Atención a la Dependencia

Deja una respuesta