Acceder a una plaza pública de residencia de mayores

Cuando se quiere acceder a una plaza pública de residencia de mayores hay algunos aspectos importante que hay que tener en cuenta. Son aspectos de carácter básico pero a su vez esencial.

5 aspectos importantes al acceder a una plaza pública o acreditada de residencia

1- No se puede optar a ingresar sin antes tener concedida la ley de dependencia con al menos un grado II o III (esto quizá cambia muy pronto con la Real Decreto 1051/2013). Este aspecto es básico porque este proceso desde que se solicita hasta que hay una resolución pueden pasar unos meses dependiendo de la Comunidad Autónoma. Por ello, es necesario valorar la opción de optar a una plaza 100% privada hasta el momento de recibir respuesta por parte de la Administración.

2- Una vez tenemos nuestra resolución (con un grado II o III), llega el momento de elegir residencia. En total tenemos la posibilidad de apuntarnos a un máximo de 3 servicios. Es decir, 3 residencias o 3 centros de día, 2+1 etc. Pero como máximo 3. Antes de hacerlo, es bueno preguntar como va la lista de espera en cada uno y visitarlo on nuestro familiar a ser posible. El tiempo de espera puede variar en función de si la plaza es par hombre o mujer.

3- Mientras no nos llega el turno para acceder a la plaza, una buena opción es optar por aquel centro que, a parte de tener plazas públicas también esté acreditado por la Administración de esa Comunidad. De este modo, mientras que «esperamos» podemos solicitar que nos paguen la prestación económica vinculada la servicio (o también llamado cheque servicio) para poder pagar parte del coste de esa plaza privada. El trámite lo pueden hacer desde la propia residencia.

4- Tener en cuenta que se puede pedir una revisión de Grado si se necesita. Lo explicamos en este articulo

5- Es probable que una vez acceda a la plaza pública le asignen una habitación doble. No obstante, siempre hay la opción de pagar un suplemento si se prefiere una habitación individual.

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